REDACCIÓN II
Ludmila G. Medrano Viscarra
Práctica N° 8
Los representantes de la Central
Obrera Boliviana y el Gobierno volverán hoy
a la mesa de diálogo para tratar los puntos en conflicto sobre la Ley de
Pensiones. El plazo de 30 días para cambiar la norma feneció y ahora pretenden
negociar el monto de la pensión solidaria y la participación de los
trabajadores en la Directiva de la Gestora Pública a cargo de administrar
dichos fondos. El problema es que las partes están ignorando que el actual
sistema de pensiones es insostenible, va en contra de los trabajadores y
fomenta la informalidad mientras que el Estado se hace de un monopolio
millonario.
La actual Ley de Pensiones 065,
de 10 de diciembre de 2010, crea un fondo solidario, reduce la edad de jubilación
de 65 a 58 años, da acceso a los fondos con un mínimo de 10 años de aportes,
instituye la contribución a favor del cónyuge que no tenga dependencia laboral,
amplía su cobertura y crea una Gestora Pública estatal para administrar los
fondos de pensiones, entre otras innovaciones.
Esta tolerancia ha generado que
la cantidad de jubilados incremente cinco veces su número y que reciban rentas
bajas. Entre 1997 y 2010 se jubilaron 29.800 personas ― 13 años ― mientras que
en un año y siete meses de la vigencia de la Ley 065 lo hicieron 16.856
personas. Además, no sólo los jubilados aumentaron sino que, el 65 por ciento
de la población económicamente activa (PEA) del país trabaja en sectores
informales contra un 35 por ciento que lo hace en una actividad formal.
Entonces, el menor porcentaje de trabajadores debe sostener a ese 65 por
ciento que no aporta y nunca aportó al
sistema de pensiones.
El Gobierno afirmó que la
creación de la pensión solidaria compensaría a los que sus aportes no alcancen
para financiar su pensión de vejez. Lo cierto es que esto genera distorsiones
pues gracias a ello se beneficiarán personas que jamás aportaron al sistema
y lo harán con el dinero de los
trabajadores. Además, el aporte subirá en un 0,5 por ciento porque será
destinado al fondo solidario. El empleado aporta el 10% de su salario, se suma
el 1,71% por riesgo común y 0,5% por la administración de sus aportes, es decir
que de aportar un 12,21% ahora aportará 12,71% durante 30 años de vida laboral.
De todo lo “ahorrado”, toda su vida, se le devolverá sólo el 70%.
Aquello sucede porque la Ley 065
incorpora la obligación de financiar la pensión solidaria que representa una
nueva tributación a los ingresos, además de los impuestos establecidos en la
Ley 843. Por otro lado, a momento de pagar las rentas a los jubilados con la
anterior Ley se realiza una compensación por mantenimiento de valor según el
cambio de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV), esto no aplica a los
trabajadores jubilados con la actual Ley, por lo que sus rentas se devaluarán
cada año un aproximado de 40% quitándole su valor adquisitivo.
Los beneficiados serán los sectores como
chóferes, gremialistas, trabajadores independientes, cocaleros y otros que
están dentro de la economía informal, por lo tanto ni esos sectores ni el
Gobierno buscarán crear más espacios laborales formales que contribuyen al
desarrollo económico del país. Por el contrario generará un déficit cada vez
mayor ya que en la actualidad la pensión solidaria se financia con fondos
ajenos.
Las cuentas individuales de 1,5
millones de afiliados a las AFP´s
también serán afectadas por la actual Ley de pensiones pues los fondos
recaudados desde 1997, que suman 7mil millones de dólares norteamericanos, serán
destinadas al pago de rentas solidarias y transferidas a un Fondo de Vejez.
Esos recursos serán administrados por una Gestora Pública ― estatal ― bajo supervisión de la Autoridad
de Fiscalización y Control Social de Pensiones y Seguros, dependiente del Ministerio
de Economía y Finanzas Públicas.
Esto pone en el Estado la
confianza de miles de afiliados que aportan a un sistema en el cual rige un
monopolio estatal, ya que la Gestora Pública administrará los fondos de
pensiones a nombre de un Estado que dicta las normas, determina derechos y obligaciones,
cuantifica y modifica alícuotas, aportes, comisiones, pensiones y edad de
jubilación por decreto. No tendrá las mismas obligaciones que las AFP`s. Los
fondos de capitalización tampoco estarán sujetos a límites, clasificación de
riesgo y criterios de diversificación, rentabilidad y seguridad, sino que
tendrá facultades discrecionales para administrar las inversiones.
No hay que olvidar que mientras
otros países ajustan sus rentas de pensiones según la expectativa de vida,
Bolivia va contra corriente, tampoco olvidemos que en manos del Estado, el
Fondo de Pensiones ha sufrido millonarios asaltos que han ido en contra de los
trabajadores. En la mesa de diálogo se debe poner en consideración el impacto
económico que implica la actual Ley 065 y hacer de ella sostenible y no un
premio electoral. El Gobierno debe dejar de lado el aparente proteccionismo y
generar fuentes de empleo formal que en definitiva son la respuesta para la sostenibilidad de la Ley de Pensiones.
l